El pasado 29 de Abril se aprobó por el Congreso la Ley 5/2011, de medidas para la regularización y control de Empleo sumergido, en las cuales el gobierno aporta un plan de medidas de carácter extraordinario, y limitadas en el tiempo, con el objetivo de mejorar el nivel de justicia y solidaridad social en nuestro mercado de trabajo, así como la protección social de los trabjadores.
Hay que destacar dos medidas principales de la ley:
1ª.- Medidas destinadas a empresas que se acojen voluntariamente al procedimiento de regularización respecto de los trabajadores ocupados de manera irregular. En el que se destaca:
- Las empresas podrán regularizar la situación de los tabajadores dentro del plazo comprendido entre dicha fecha y el 31 de Julio de 2011.
- El ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social con arreglo a la legislación vigente podrán ser objeto de aplazamiento en los términos reglamentariamente establecidos.
- Los trabajadores afectados por la regularización no podrán ser objeto de las sanciones administrativas, excepto si se hubiera iniciado una actuación inspectora en materia de la Seguridad Social en la empresa o si el trabajador hubiera presentado, denuncia o reclamaciones ante la Inspección de Trabajo o ante la Seguridad Social.
- Los contratos de trabajo podrán ser de cualquier modalidad contractual (los temporales no podrán ser inferiores a seis meses).
- En el contrato de trabajo se hará constar expresamente que el mismo se acoje al proceso de regularización.
2ª.- Medidas para combatir la ocupación de manera irregular una vez finalizado el proceso voluntario de regularización. Destacando:
- Los empresarios que contraten o subcontraten deberán comprobar, con carácter previo, si los trabajadores han sido dados de Alta en la Seguridad Social.
- Se considerará una infracción pora cada uno de los trabajadores:
del plazo establecido.
- La no comprobación de los empresarios que contraten o
subcontraten con otros de realización de obras o servicio.
Las sanciones a aplicar por las infracciones de esta Ley, están contempladas en el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de Agosto.
Adjuntamos enlace de las Leyes:
Real Decreo 5/2011, de 29 de abril, de medidas de regularización y control empleo sumergido.
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
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